Desde 2026, pedir la Constancia de Situación Fiscal para emitir una factura ya no es una “política interna”, sino una infracción a la ley. Los negocios que condicionen la expedición del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a la entrega de este documento pueden ser sancionados, tras una reforma al Código Fiscal de la Federación.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) informó que, tras una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025, se modificó el artículo 83, fracción IX del CFF, para sancionar a quienes exijan documentos fiscales no obligatorios como requisito para emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
La disposición, vigente desde el pasado 1 de enero de 2026, establece que para facturar únicamente pueden solicitarse el RFC, nombre o razón social, código postal y uso del CFDI. En caso de incumplimiento, las personas contribuyentes pueden presentar una denuncia ante el SAT o solicitar asesoría gratuita a Prodecon.
Conforme al Código Fiscal de la Federación, para la emisión de una factura el cliente únicamente está obligado a proporcionar los siguientes datos:
• Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
• Nombre o razón social
• Código postal
• Uso del CFDI
En caso de que un negocio se niegue a emitir una factura o condicione su expedición a la entrega de la Constancia de Situación Fiscal, la conducta puede denunciarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante el correo electrónico denuncias@sat.gob.mx.